Código de Conducta para la Protección de la Infancia - Ley N°29408

El Código de Conducta para la protección de los niños es una iniciativa que ha sido promovida por el MINCETUR en conjunto con los principales gremios del sector turístico. Este código de conducta es una carta de compromiso para prevenir la explotación sexual infantil a la que se adhieren los prestadores de servicios turísticos y otras empresas e instituciones vinculadas al sector.

Su objetivo es comprometer a las empresas turísticas con una política corporativa socialmente responsable y ética contra la explotación sexual de los niños en los destinos turísticos donde operan. El Código compromete a las empresas a formar a su personal y a difundir información a los turistas.

Exquisito Perú se compromete a cumplir con las siguientes cláusulas:

- Mantener una política ética de rechazo a la explotación sexual comercial de niños y adolescentes en el ámbito del turismo.
- Informar y formar a nuestro personal sobre la política de la empresa en materia de prevención de la explotación sexual de niños y adolescentes en el ámbito del turismo y los viajes.
- Mantener símbolos visibles que alerten a los clientes y proveedores de nuestra posición sobre la explotación sexual de niños y adolescentes en el turismo y los viajes.
- Incluir una cláusula en los contratos con los proveedores de servicios turísticos en la que se indique el rechazo común a la explotación sexual de niños y adolescentes. La empresa utilizará el siguiente párrafo "El turismo promueve una infancia y adolescencia sin explotación sexual, por lo que no aceptamos ningún acto que favorezca la explotación sexual de niños y adolescentes".

Vea el cartel de la campaña del gobierno aquí.